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Escuelas taller y Casas de oficios

Datos generales

El Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios

El Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios se configura como un programa mixto de empleo y formación que tiene como objetivo mejorar la ocupabilidad de jóvenes desempleados mediante su formación en alternancia con la práctica profesional, a través de la realización de un trabajo real y productivo.

¿A quiénes se dirige?

El Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios se dirige a jóvenes desempleados menores de 25 años.

Actuaciones

La formación en alternancia con la práctica profesional lo será en ocupaciones relacionadas con:

  • Recuperación o Promoción del Patrimonio artístico, histórico, cultural o natural.
  • Rehabilitación de entornos urbanos.
  • Rehabilitación del medio ambiente.
  • Mejora de las condiciones de vida de las ciudades.

¿Quiénes pueden promover las Escuelas Taller y Casas de Oficios?

  • Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
  • Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo.
  • Consorcios.
  • Corporaciones, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Aspectos comunes

Formación complementaria

A lo largo del proceso formativo los alumnos trabajadores reciben orientación, asesoramiento, información profesional y formación empresarial y, al finalizar el proyecto de Escuela Taller o Casa de Oficios, asistencia técnica de la entidad promotora tanto para el establecimiento por cuenta propia como para la búsqueda de empleo por cuenta ajena.

Asimismo, para los alumnos trabajadores que no hayan completado la Educación Secundaria Obligatoria prevista en la legislación educativa, se organizarán programas específicos de educación compensatoria.

Certificaciones de profesionalidad

Al término de su participación el trabajador recibirá un certificado expedido por la Entidad Promotora en el que constará la duración en horas de su participación en el programa, la cualificación adquirida y los módulos formativos cursados.

Este certificado podrá servir para ser convalidado en su momento por el certificado de profesionalidad previsto en la legislación vigente y podrá servir también para su convalidación por los módulos que correspondan de la formación profesional específica.