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Orden EMP/38/2010, de 19 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2010 de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales y a financiar gastos de organización interna y funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social.
*En el caso del Programa I: comenzará el día siguiente a la publicación de la Orden en el «Boletín Oficial de Cantabria» y finalizará el 10 de septiembre de 2010.
*En el resto de programas: comenzará el día siguiente a la publicación de la Orden en el «Boletín Oficial de Cantabria» y finalizará el 30 de abril de 2010.
Impreso de solicitud y otra documentación.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria:
Las empresas y entidades solicitantes, para ser beneficiarias, deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
Véase el artículo 8 de la Orden.
En el Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo (calle Castilla, número 13, 3ª planta, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si en uso de este derecho el expediente es remitido por correo, deberá ser presentado en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos, S.A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
Servicio de Promoción de Empleo.
Teléfono de contacto: Teléfono de Información Administrativa, se debe marcar el número 012 si llama desde Cantabria, o el 902139012 para llamadas desde fuera de la Comunidad Autónoma.
El servicio de Información estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:

Preguntas frecuentes relacionadas con estas subvenciones
Impreso de solicitud y otra documentación
ATENCIÓN: Debe presentarse una solicitud por CADA SUBVENCIÓN, acompañada, en cada caso, de su correspondiente anexo.
En el caso de que se solicitara la subvención de bonificación de intereses de préstamos, deberá utilizarse el modelo de ficha de terceros específico
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