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Ayudas y subvenciones

Subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo

  • Fecha de apertura: 28/03/2008 | Fecha de cierre:
  • Tipo: Creación de empresas
  • Estado: abierta

 Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo. El Fondo Social Europeo invierte en tu futuro.

Decreto 26/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo.

Boletín Oficial de Cantabria

  • Número: 60
  • Fecha: 27/03/2008

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Plazo de presentación

  • Solicitudes desde el día: Permanentemente abierto el plazo de admisión.
  • Solicitudes hasta el día: Permanentemente abierto el plazo de admisión.

La solicitud deberá ser presentada en el plazo de 6 meses contados a partir de la fecha de inicio de la actividad. Se considera como fecha de inicio de la actividad la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

Información adicional

Modelo de solicitud y declaraciones

Beneficiarios

Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo o Agencias de Colocación autorizadas, con carácter previo a la fecha de establecimiento como trabajadores autónomos o por cuenta propia y que vayan a desarrollar de forma personal, profesional y directa un trabajo en empresas de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles y sociedades limitadas, de nueva creación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación a Adjuntar

Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación que se detalla en el siguiente documento:

 Listado de documentación a presentar

Lugar de Presentación de las Solicitudes

Las solicitudes de subvención serán dirigidas a la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo, presentándose en las Oficinas de Empleo pertenecientes a dicho Organismo (sitas en Santander, Maliaño, Torrelavega, Colindres, Castro Urdiales, San Vicente de la Barquera y Reinosa), y en el Registro del Servicio Cántabro de Empleo (C/ Castilla, nº 13, 3ª planta, Santander) o en las demás formas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Órgano Tramitador

Servicio de Promoción de Empleo.

Teléfono de contacto: Teléfono de Información Administrativa, se debe marcar el número 012 si llama desde Cantabria, o el 902139012 para llamadas desde fuera de la Comunidad Autónoma.

El servicio de Información estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:

  • Atención telefónica personal mediante agentes informadores: De 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. De 9:00 a 14:00 horas sábados no festivos.
  • Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos. Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.012 Teléfono de Información Administrativa

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes relacionadas con estas subvenciones.
 

Información adicional

Documentación común a todos los programas:

Documentación adicional en el caso de solicitar subvenciones del Programa I, II y/o V:

Documentación adicional en el caso de solicitar subvención del Programa II (intereses de préstamos):

Documentación adicional en el caso de solicitar subvención del Programa V (costes de cotización al RETA):

Otra documentación de interés:

Buscador de Ayudas




Fecha de ayuda: