| INICIATIVA COMUNITARIA EQUAL
DIRECCIÓN GENERAL
DG Empleo y Asuntos Sociales
OBJETIVO
Promover nuevas maneras de combatir todas las formas de discriminación y desigualdad en relación con el mercado de trabajo a través de la cooperación transnacional. EQUAL tendrá asimismo en cuenta la integración social y profesional de los solicitantes de asilo.
PUBLICACIÓN
- Comunicación de la Comisión a los Estados miembros por la que se establecen las orientaciones relativas a la inciativa comunitaria EQUAL, al repecto de la cooperación transnacional para promocionar nuevos métodos de lucha contra las discriminaciones y desigualdades de toda clase en relación con el mercado de trabajo (DOCE C 127 de 5.05.2000)
- Línea presupuestaria B2-142
DURACIÓN
2001 - 2006
EQUAL sustituye a las anteriores iniciativas ADAPT y EMPLEO (1995 - 2000).
BENEFICIARIOS
EQUAL financiará actividades llevadas a cabo por asociaciones estratégicas. Las asociaciones EQUAL actuarán dentro de las áreas temáticas y se denominarán agrupaciones de desarrollo (AD). Reunirán a los agentes interesados que posean las competencias pertinentes, los cuales cooperarán con el fin de desarrollar un enfoque integrado sobre problemas multidisciplinares. Los socios trabajarán en cooperación para determinar los factores que conducen a la desigualdad y la discriminación en relación con el mercado de trabajo, dentro del área o las áreas temáticas elegidas por ellos. Compartirán asimismo sus esfuerzos y recursos en la búsqueda de soluciones innovadoras a los problemas definidos de común acuerdo y los objetivos compartidos.
Las AD deberán poseer un núcleo de socios desde el primer momento. Deberán asimismo garantizar que puedan participar durante el período de existencia de la agrupación los agentes pertinentes, tales como autoridades públicas, servicios públicos de empleo, organizaciones no gubernamentales, el sector empresarial (en particular PYMEs) y los interlocutores sociales.
Las AD podrán tener una base geográfica, reuniendo a los agentes apropiados de una zona geográfica concreta y se denominarán agrupaciones geográficas. No obstante, también se puede dar el caso de que sean necesarias otras agrupaciones que cubran sectores económicos o industrias concretos: en tal caso se denominarán grupaciones sectoriales.
CONTENIDO
En el marco de EQUAL se concederá financiación en forma de subvenciones del Fondo Social Europeo (FSE) a actividades que cumplan con las orientaciones establecidas en la Comunicación y que formen parte de propuestas presentadas por cada Estado miembro y que hayan sido aprobadas por la Comisión en forma de Programas de Iniciativa Comunitaria (PIC).
Para la primera convocatoria de propuestas de EQUAL las áreas temáticas serán las siguientes:
1. Capacidad de inserción profesional
- Facilitar el acceso y la reincorporación al mercado de trabajo de las personas que sufren dificultades para integrarse en un mercado de trabajo. Combatir el racismo y la xenofobia en relación con el merdado de trabajo.
2. Espíritu de empresa
- Abrir el proceso de creación de empresas a todos, proporcionando los instrumentos necesarios para la creación de empresas y para la identificación y explotación de nuevas posibilidades de empleo en las zonas urbanas y rurales. Reforzar la economía social (el tercer sector), en particular los servicios de interés para la comunidad, y con especial atención a la mejora de la calidad de los puestos de trabajo.
3. Adaptabilidad
- Promover la formación permanente y las prácticas laborales integradoras que fomenten la contratación y la permanencia en el empleo de las personas que sufren discriminación en relación con el mercado de trabajo.
- Apoyar la adaptabilidad de las empresas y los trabajadores a los cambios económicos estructurales y el uso de la tecnología de la información y otras nuevas tecnologías.
4. Igualdad de oportunidades
- Conciliar la vida familiar y la vida profesional, así como reintegrar a los hombres y mujeres que han abandonado el mercado de trabajo, mediante el desarrollo de formas más flexibles y efectivas de organización del trabajo y servicios de apoyo.
- Reducir los desequilibrios entre hombres y mujeres y apoyar la eliminación de la segregación en el trabajo.
Los Estados miembros seleccionarán solamente las áreas temáticas en las que deseen cooperar. Además cada Estado miembro deberá prever al menos un nivel mínimo de acción destinado a los solicitantes de asilo, en función de la dimensión del problema en el Estado miembro.
EQUAL financiará actividades en el marco de las cuatro acciones siguientes:
Acción 1: Establecimiento de agrupaciones de desarrollo y de cooperación transnacional.
Acción 2: Ejecución de los programas de trabajo de las agrupaciones de desarrollo.
Acción 3: Creación de redes temáticas, difusión de buenas prácticas y repercusión en la política nacional.
Acción 4: Asistencia técnica para apoyar las acciones 1, 2 y 3.
Las propuestas de PIC presentadas por los Estados miembros deberán incluir lo siguiente:
- una descripción de la situación actual por lo que respecta a la discriminación y la desigualdad en el mercado de trabajo en relación con los temas elegidos;
- una evolución de la repercusión prevista;
- una descripción de la estrategia para la ejecución de EQUAL;
- una descripción de la relación entre la estrategia y el PNAE pertinente;
- una síntesis de las lecciones aprendidas con ADAPT y EMPLEO para las prioridades temáticas seleccionadas;
- un resumen de las medidas tomadas para garantizar la complementariedad entre EQUAL y otros instrumentos y programas comunitarios, así como los pactos territoriales para el empleo;
- una descripción resumida de las medidas previstas para poner en práctica las prioridades;
- una indicación en caso de que las acciones propuestas en cada prioridad contengan actividades que podrían recibir subvenciones del FEDER, el FEOGA o el instrumento financiero de orientación a la pesca;
- una descripición de las medidas tomadas en relación con la asistencia técnica que se considera necesaria para aplicar el PIC;
- un plan de financiación indicativo en el que se especifique para cada prioridad y cada año;
- una descripción de las acciones y los métodos previstos para aplicar eficazmente el factor de igualdad entre hombres y mujeres;
- un informe sobre el proceso de programanción, incluidas las medidas tomadas para consultar a todas las partes interesadas;
- las medidas relativas a la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los PIC.
FINANCIACIÓN
La inciativa EQUAL será financiada conjuntamente por los Estados miembros y la Comunidad Europea. La contribución total del Fondo Social Europeo a esta iniciativa para el período 2000-2006 es de 2.847 millones de euros. De acuerdo con el apartado 7 del artículo 7 del Reglamento (CE) nº1260/1999, se aplicará un índice de adaptación del 2 % anual a la contribución se fijará con arreglo a los precios de 2003. El 31 de diciembre de 2003 a más tardar fijará el índice aplicable para el período 2004-2006.
Una cantidad indicativa de un máximo del 2 % de la contribución total del FSE se reservará para financiar las actividades realizadas a iniciativa de la Comisión, según lo establecido en la sección V. Estas actividades contarán con una financiación del 100 % del coste total.
FUENTE DE INFORMACIÓN
http://europa.eu.int/comm/employment_social/equal/equal.cfm
(EQUAL)
http://europa.eu.int/comm/employment_social/esf2000/index.htm
(FSE)
PUNTO DE CONTACTO COMUNITARIO
Sr. A. Larsson
Comisión Europea
Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales
Rue de la Loi, 200
B-1049 Bruselas
Fax: (00 32) 2 296 97 70
E-mail: empl-info@cec.eu.int
COORDINACIÓN DE LAS INICIATIVAS A NIVEL REGIONAL:
EMCAN
Castilla, 13-3
39009 Santander.
Teléfono 942-20 70 79
FAX 942-20 75 09
ESTRUCTURA NACIONAL DE APOYO EN ESPAÑA:
UNIDAD ADMINISTRADORA DEL F.S.E.
Pío Baroja, Nº 6
28071 MADRID
Teléfono 91-4090941
Fax 91-5741601
http://www.mtas.es/uafse
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